No más arrastre si el propietario está presente

Cd. Victoria, Tam.- Prohíbe la Legislatura 66 el arrastre de vehículos por autoridades de tránsito y operadores de grúa cuando el propietario o conductor de la unidad se encuentre presente.

La Legislatura 66 aprobó una reforma a la Ley de Tránsito del Estado para evitar el arrastre de vehículos cuando la persona propietaria o conductora esté presente y pueda retirar la unidad del lugar.

La acción legislativa, promovida por la diputada Guillermina Magaly Deandar Robinson, integrante del Grupo Parlamentario de MORENA, adiciona los párrafos segundo y tercero al artículo 26 de dicha ley, con el objetivo de poner fin a prácticas arbitrarias de arrastre de vehículos y garantizar un trato justo a la ciudadanía.

Al dar semblanza del dictamen, la diputada destacó que la reforma establece que, si el conductor o propietario se encuentra en el lugar o llega antes de que la grúa inicie el traslado, la autoridad deberá abstenerse de retirar el vehículo o, en su caso, bajarlo de la plataforma sin realizar cobro alguno por maniobras o arrastre. En estos casos, la sanción únicamente procederá mediante la boleta de infracción correspondiente.

“Las sanciones administrativas deben ser idóneas, necesarias y proporcionales a la falta cometida. Cuando la persona propietaria o conductora se encuentra presente y puede corregir de inmediato la conducta, el arrastre del vehículo resulta una medida excesiva”, expresó.

Asimismo, resaltó que la reforma establece excepciones responsables, si la persona conductora se encuentra impedida para manejar, ya sea por intoxicación o por falta de aptitud comprobada, el arrastre podrá efectuarse con el fin de proteger la seguridad vial.

En la misma sesión, el Pleno Legislativo también declaró procedentes reformas a la Ley de Transporte y a la Ley de Tránsito del Estado de Tamaulipas, con el objetivo de fortalecer la regulación del servicio de arrastre vehicular y evitar remolques arbitrarios.

Esta acción legislativa, promovida por la diputada Eva Araceli Reyes González, establece que las autoridades municipales no podrán celebrar convenios con empresas de grúas que no cuenten con concesión o permiso vigente expedido por la autoridad estatal.

“Se han presentado casos en los que algunos municipios han celebrado acuerdos con empresas de grúas que carecen de concesión o permiso estatal, situación que ha propiciado cobros excesivos, remolques sin sustento legal y una percepción de indefensión entre la ciudadanía”, señaló Reyes González.

La reforma también dispone la obligación de publicar y exhibir las tarifas autorizadas por el servicio de arrastre, así como emitir comprobantes fiscales digitales correspondientes.

Con estas acciones legislativas, el Congreso del Estado fortalece la regulación del servicio de grúas, promueve mayor transparencia en su operación y garantiza que el retiro de vehículos se realice únicamente bajo criterios de legalidad, proporcionalidad y respeto a los derechos de la ciudadanía.

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