ATENCION

A partir del jueves 20 de noviembre, quien no de alimentos a sus padres o a sus hijos mayores de 18 años que estudian y hasta que obtengan su título, cometerán el delito de abandono de obligaciones alimentarias.Anteriormente el artículo 295 del Código Penal de Tamaulipasque tipifica ese delito excluía a los papás y a los hijos mayores estudiantes, a quienes el Código Civil les otorga derecho a recibir alimentos.

Eso les generaba desprotección porque no se castigaba penalmente el incumplimiento de esa obligación, propiciando impunidad para los deudores.

A partir de este jueves el citado artículo, textualmente establece que: “Comete el delito de abandono de obligaciones alimenticias el que sin motivo justificado deje de proporcionar a su madre, padre, su cónyuge, concubina o concubinario, o a sus hijas o hijos menores de dieciocho años y cuando alcancen su mayoría de edad y se encuentren realizando estudios, conservarán el derecho a recibirlos, hasta el término de su carrera profesional u obtener el título, los medios económicos o recursos necesarios para atender las necesidades de subsistencia”

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